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Internationally Recognized Certificates of Compliance
(IRCC)
last updated: 11 Sep 2025
ABSCH-IRCC-PE-280329-1
-
Competent National Authority:
|
ABSCH-CNA-PE-203840-9
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Competent National Authority:Instituto Nacional de Innovación Agraria ()Av. La Molina, N° 1981, La MolinaLima,
15024, PeruPhone: +51 1.240.2100,Fax:Email: informes@inia.gob.pe,Website: http://www.inia.gob.pe,
00088PER/INIA-2025
25 Aug 2025
23 Aug 2028
Yes
-
Competent National Authority:
|
ABSCH-CNA-PE-203840-9
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Competent National Authority:Instituto Nacional de Innovación Agraria ()Av. La Molina, N° 1981, La MolinaLima,
15024, PeruPhone: +51 1.240.2100,Fax:Email: informes@inia.gob.pe,Website: http://www.inia.gob.pe,
Confidential information
Organization:Universidad Nacional de la Amazonía Peruana (UNAP)Academic or research instituteCalle San Marcos N° 185 San Juan BautistaMaynas, Loreto
, PeruPhone:Fax:Email: rectorado@unapiquitos.edu.pe,Website:
Confidential information
Resolución Directoral N° 009-2025-INIA-DGIA del 25 de agosto del 2025
Yes
Contrato de acceso a los recursos genéticos y sus derivados sin fines comerciales N.° 009-2025-MIDAGRI-INIA/DGIA, suscrito el 25 de agosto del 2025.
El acceso cubre a los recursos genéticos y derivados de Myrciaria dubia, (camu camu), de origen peruano, procedente del departamento de Loreto.
Confidential information
- Non-Commercial
Resolución Directoral N.° 009-2025-INIA-DGIA otorga a la Universidad Nacional de la Amazonía Peruana (UNAP) la autorización de acceso, sin fines comerciales, a los recursos genéticos y derivados de la especie cultivada Myrciaria dubia, (camu camu), para el uso exclusivo en la ejecución del proyecto “Elucidando las bases Genéticas, Bioquímicas y Moleculares de la Biosíntesis de Vitamina C en el Frutal Nativo Amazónico Myrciaria dubia Camu camu; Un Enfoque Integrado de Multiómica y Biología Estructural”.
Resolución Directoral N.° 009-2025-INIA-DGIA establece las siguientes obligaciones:
- No trasladar las muestras del recurso genético y sus derivados fuera del país, salvo para los supuestos contemplados en el Plan de investigación.
- Presentar informes anuales y/o extraordinarios, en idioma español, que le sean solicitados.
- Presentar el informe final de la investigación y del cumplimiento de la totalidad de obligaciones asumidas dentro del plazo máximo de sesenta (60) días hábiles siguientes a la culminación del proyecto de investigación.
- Incluir en los resultados y/o presentación de resultados, el reconocimiento al origen peruano de los recursos genéticos y sus derivados accedidos.
- Otorgar los beneficios no monetarios establecidos.
- Informar de cualquier cambio o modificación a lo establecido en la autorización o contrato de acceso.
- Cumplir con las obligaciones asumidas en los contratos accesorios suscritos con los proveedores de los recursos biológicos.
. Destruir los remanentes de los recursos genéticos y sus derivados accedidos, resultado de la ejecución y/o culminación del proyecto de investigación y acreditar la referida destrucción con un informe documentado.
- Si de la ejecución del proyecto se identifica un potencial uso comercial o industrial, se deberá solicitar la suscripción de un contrato de acceso con fines comerciales.
- Brindar las facilidades al INIA de manera oportuna, para la efectiva supervisión, vigilancia y control e inspección del adecuado uso de los recursos genéticos y sus derivados accedidos.
- Hacer de conocimiento del INIA cualquier circunstancia, evento o hecho sobre los recursos genéticos y sus derivados accedidos, que represente una infracción al Reglamento de acceso a los recursos genéticos y sus derivados, a la Decisión 391 de la CAN y/o a las demás disposiciones legales vigentes sobre acceso a los recursos genéticos y sus derivados.
La Resolución Directoral N.° 009-2025-INIA-DGIA establece como prohibiciones:
- No reclamar cualquier tipo de propiedad sobre los recursos genéticos y sus derivados.
- No utilizar los recursos genéticos y sus derivados para fines distintos a lo establecido.
. Destruir los remanentes de los recursos genéticos y sus derivados accedidos, resultado de la ejecución y/o culminación del proyecto de investigación y acreditar la referida destrucción con un informe documentado.
- Si de la ejecución del proyecto se identifica un potencial uso comercial o industrial, se deberá solicitar la suscripción de un contrato de acceso con fines comerciales.
- Brindar las facilidades al INIA de manera oportuna, para la efectiva supervisión, vigilancia y control e inspección del adecuado uso de los recursos genéticos y sus derivados accedidos.
- Hacer de conocimiento del INIA cualquier circunstancia, evento o hecho sobre los recursos genéticos y sus derivados accedidos, que represente una infracción al Reglamento de acceso a los recursos genéticos y sus derivados, a la Decisión 391 de la CAN y/o a las demás disposiciones legales vigentes sobre acceso a los recursos genéticos y sus derivados.
La Resolución Directoral N.° 009-2025-INIA-DGIA establece como prohibiciones:
- No reclamar cualquier tipo de propiedad sobre los recursos genéticos y sus derivados.
- No utilizar los recursos genéticos y sus derivados para fines distintos a lo establecido.
No ceder o transferir a terceros el acceso, manejo o utilización de los recursos genéticos y sus derivados, sin contar con la autorización del INIA.
| Unique identifier | Status | Date |
|---|---|---|
| ABSCH-IRCC-PE-280329-1 |
REVOKED
OLD VERSION
PUBLISHED
DELETED
|
Vanessa Ingar Elliott (vingar@minam.gob.pe)
11 Sep 2025 15:29 on 11 Sep 2025 15:29
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